Actualidad del mercado del alquiler de viviendas

Aprobado el nuevo Plan Estatal de Vivienda 2009-2012. El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, que nace con la doble voluntad de facilitar el acceso a una vivienda de los ciudadanos con más dificultades, pero también de rentas medias, al tiempo que busca aprovechar la producción sobrante de vivienda libre para ampliar el parque público al servicio de la población.

Apuesta decidida por el alquiler

El objetivo del Plan es que hasta el 40 % de la nueva construcción de VPO se destine al alquiler incluyendo, como se establece expresamente en el texto, las viviendas que procedan de la rehabilitación. El Ministerio prevé que se promuevan cien mil nuevas viviendas protegidas para arrendamiento y se añadan al mismo otras setenta mil procedentes de procesos de rehabilitación.

Para potenciar el alquiler se articulan o refuerzan toda una serie de medidas. Así, se crean las nuevas figuras de vivienda protegida de régimen especial para rentas bajas y de alojamientos protegidos para la comunidad científico-universitaria, además de para los colectivos más vulnerables ya mencionados. Se permite compatibilizar la ayuda al inquilino con la residencia en una VPO.

Para fomentar el aumento del parque de viviendas protegidas en alquiler se establecen ayudas para la promoción de las mismas con subvenciones de hasta 410 euros por metro cuadrado útil, con lo que en una vivienda de 70 metros se alcanzaría los 28.700 euros. Se podrá anticipar el 50 por 100 de la subvención al inicio de la obra, llegando al 100 por 100 si el promotor se compromete a reducir la renta durante cinco años. Esta ayuda también podrá ser percibida en el caso de las viviendas no vendidas en el mercado libre que se recalifiquen como VPO para alquiler.

Alquiler con opción a compra
Se refuerza la figura del alquiler con opción de compra, de la que podrán ser objeto las viviendas en arrendamiento a diez años. En ese caso, y si el inquilino decidiese ejecutar la opción, el precio máximo de venta será igual a 1,7 veces el precio máximo de referencia establecido en la calificación provisional. Del precio de venta se deducirá, en concepto de pagos parciales adelantados, al menos, el 30 por 100 de los alquileres satisfechos.

Fuente: http://blog.enalquiler.com/

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