El pleno del Congreso ha aprobado la Ley de Fomento del Alquiler que facilita el ‘desahucio exprés’. La nueva normativa quiere agilizar los trámites judiciales que debe afrontar el propietario de una vivienda para desalojar a inquilinos morosos y cobrar las rentas pendientes. La Ley de Fomento del Alquiler plantea la ejecución directa del desahucio en un plazo “no superior a 15 días y sin ulteriores trámites” en el caso de que los inquilinos no cumplan con el plazo acordado para el desalojo voluntario, no inferior a 15 días y que se puede alargar hasta un año.
La Ley de Medidas de Fomento y Agilización Procesal del Alquiler y de la Eficiencia Energética de los Edificios modifica a su vez la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), la de Enjuiciamiento Civil (LEC) y la de la Propiedad Horizontal (LPH).
Los puntos clave referentes al alquiler:
1.- Reducción de plazos para presentar la demanda de desahucio
2.- Rápida ejecución del desalojo.
3.- Juicio verbal
4.- El casero también podrá reclamar su piso antes de cumplir los cinco años de alquiler si lo necesitan sus padres, hijos o ex-cónyuge en caso de separación y divorcio.
La ministra de Vivienda, Beatriz Corredor, ha valorado positivamente la Ley de Medidas de Fomento y Agilización Procesal del Alquiler y de la Eficiencia Energética, aprobada por el pleno del Congreso de los Diputados, porque “acelerará los desahucios sin menoscabar los derechos de los inquilinos”.
El portavoz de Vivienda del PP, Pablo Matos, ha anunciado que la próxima semana su grupo presentará una proposición de ley para crear un registro de sentencias firmes de desahucio para conocer los antecedentes y “expulsar del mercado a los profesionales del impago”. Asimismo, ha criticado que la reducción de los trámites y notificaciones para desahuciar a los inquilinos no tendrá el efecto deseado debido a la lentitud de la Justicia.
Fuente: www.enalquiler.com

